TÍTULOS VALORES.
Representa derechos parciales de propietario sobre cierta sociedad, o algún titulo de crédito u obligación, con características y derechos estandarizados. Los documentos necesarios para ejercer el derecho literal y autónomo.
Articulo 619: Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora, pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación y de tradición o representativo de mercancías.
Desde el punto de vista material el título valor es un documento escrito, siempre firmado (unilateral mente) por el deudor; es además un pedazo de papel que contiene diversas menciones En un segundo plano, se define al título valor como un derecho en beneficio de una persona.
Quien suscribe un título valor se obliga a una prestación frente al poseedor del título, o quién resulte tal, y no subordina esa obligación a ninguna aceptación, ni a ninguna contra prestación.
http://www.gerencie.com/titulos-valores.html
También es un documento creado según reglas y lineamientos establecidos en la ley comercial, y que constituye en si mismo la incorporación de un derecho al legitimo Poseedor, ya sea, en especie o en dinero.
CARACTERÍSTICAS: Es un documento
especial, necesario y constitutivo. Especial, porque en el
constituye un crédito a favor de una persona, constituye un derecho de
reclamar y una prueba de la obligación para el acreedor y una
obligación del deudor de pagar o entregar un bien o mercancía ; Es
formal: porque debe cumplir con los requisitos exigidos por la ley para que
exista; Es constitutivo por que el titulo valor requiere para que nazca a la
vida jurídica, se incorpore en él un derecho para el acreedor y se requiere que
el documento se ha exhibido por este ( presentar el documento).
TIPOS DE TITULOS VALORES:
TÍTULOS DE CONTENIDO CREDITICIO: Es cuando el objeto, sobre el cual recae la prestación que puede exigirse como efecto de ese título, es dinero, valga decir, moneda legal. Los cuales son:
- Cheque.
- Letra de cambio.
- El pagare.
- Bonos.
- El certificado de deposito.
- Factura.
http://titulosvaloresugc.blogspot.com/2009/04/clasificacion-de-los-titulos-valores_29.html
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